Se trata de la necesaria para la inscripción de la Asociación en el Registro Municipal y tener derecho (artículo 46 de su Reglamento de Participación Ciudadana) a: obtener subvenciones, acceder al uso de medios públicos municipales, ser informados de la convocatoria de las sesiones de los órganos municipales colegiados, intervenir en las sesiones del Pleno del Ayuntamiento, canalizar la participación vecinal… Como hemos repetido en diversas ocasiones, seremos colaborativos sea quien sea quien lo constituya, pero siempre pidiendo las mejoras que sean necesarias para Albanchez de Mágina.